Tu derecho a volver a casa
Tu empresario debe planificar tu trabajo de modo que, como mínimo cada 4 semanas (a veces 3), puedas comenzar tu descanso semanal en casa o en el centro de operaciones.
La norma
Desde el Paquete de Movilidad I, tu empresario debe organizar el trabajo de modo que, dentro de cada período de 4 semanas consecutivas, puedas regresar:
- al centro de operaciones de tu empresario donde tienes normalmente tu base y donde comienza tu semana, o
- a tu lugar de residencia,
para comenzar allí un período de descanso semanal normal (al menos 45 horas) o un período de descanso semanal de más de 45 horas como compensación.
| Situación | Regreso, a más tardar, tras |
|---|---|
| Planificación normal | 4 semanas |
| Has tomado dos períodos de descanso semanal reducido consecutivos | 3 semanas |
El Tribunal de Justicia confirmó esta norma en octubre de 2024: se desestimaron los recursos de varios Estados miembros contra este derecho de regreso.
Tú decides
Es un derecho, no una obligación. Puedes elegir pasar tu descanso semanal en otro lugar, por ejemplo de vacaciones o con familiares en otro país. En ese caso, tu empresario debe poder demostrar que hizo posible el regreso.
Consejo: si has decidido no volver a casa, déjalo por escrito (por ejemplo, en un correo electrónico o en un formulario). Así evitas discusiones, y tu empresario tendrá que poder presentar pruebas en caso de control.
¿Cómo debe demostrarlo el empresario?
El empresario debe documentar cómo cumple esta obligación y conservar esos documentos en su centro de operaciones, de modo que puedan presentarse en caso de control. En la práctica, se trata de los datos del tacógrafo, los horarios de servicio, los billetes de viaje (p. ej. billetes de avión o de autobús) y las declaraciones del conductor.
¿Quién paga el viaje?
El Reglamento dice que el empresario debe organizar el regreso. Quién paga los gastos de viaje y si el tiempo de viaje cuenta como tiempo de trabajo depende de tu contrato de trabajo, del convenio colectivo y de la legislación nacional. Consulta el capítulo Normas por país o pregúntalo a tu sindicato.
¿Y el camión? (norma de las 8 semanas anulada)
El Paquete de Movilidad obligaba originalmente también a que los camiones en transporte internacional regresaran cada 8 semanas al Estado miembro de establecimiento. El Tribunal de Justicia anuló esa norma el 4 de octubre de 2024. Por tanto, esa obligación ya no se aplica. Tu propio derecho de regreso sigue plenamente en vigor.